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Día del Juez Mexicano

El STJ reconoce la labor quienes imparten justicia: Magistrado Presidente

El día de hoy, hacemos un reconocimiento a la valiosa labor que realizan quienes imparten justicia. Celebramos con beneplácito esta fecha tan significativa, pues el 07 de marzo de 1815, en Ario de Rosales, Michoacán se instauró el Supremo Tribunal de Justicia para la América Mexicana; legado que la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia retomó en noviembre del 2008, para que cada 07 de marzo se reconociera la figura de los jueces y las juezas, y se refrendará así, su compromiso ético y social en el ejercicio de la función jurisdiccional. Quienes impartimos justicia, sabemos la importancia que reviste la figura de los y las juzgadoras en la sociedad; ya que, a través de cada una de sus sentencias ratifican la confianza que la ciudadanía tiene en las instituciones del Estado, pues por mandato constitucional, le corresponde al Poder Judicial la preservación del derecho y la protección de los derechos de la ciudadanía.

Somos, las y los juzgadores, quienes en todo momento debemos demostrar nuestro compromiso para con el Estado de Derecho, en la búsqueda de la materialización de la Justicia, porque éste al ser el valor rector de la función que desempeñamos, nos exige reforzar el respeto al orden jurídico y a los valores socialmente establecidos.

La Justicia, no se afianza en las normas jurídicas, sino en las aptitudes éticas, técnico-jurídicas y profesionales de cada uno de nosotros. Por ello, para ejercer la función jurisdiccional no basta con el cumplimiento de los requisitos o el procedimiento de selección, ambos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. Esto es así, porque los jueces y las juezas no ejecutan mecánicamente las normas, sino que en su calidad de servidores y servidoras públicas asumen la loable labor de responder a las necesidades sociales, a través de la administración de justicia, al tiempo que, conservan la sensibilidad para brindar un servicio de calidad a quienes ejercen su derecho de acceso a la justicia. Quienes integramos el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, reconocemos en cada uno de ustedes los valores, las aptitudes y los principios indispensables para desempeñarse de manera pertinente ante la sociedad, en el ambiente interno institucional y, propiamente, en el ejercicio de la función jurisdiccional.

Las y los juzgadores no pueden quedar inertes frente al dinamismo que presenta el Derecho. La realidad social es versátil y los constantes cambios en el orden jurídico son muestra de ello. En este tenor, resulta un imperativo la actualización y la capacitación, para cumplir con un deber institucional y una exigencia social; toda vez que, se reitera, la confianza que la ciudadanía tiene en el Poder Judicial depende en gran medida del desempeño de quienes ejercemos la función jurisdiccional.

Se reconoce la labor que ustedes realizan, pues al momento de juzgar tienen presente la diversidad de formas de vida y los valores sociales, siempre en un marco de respeto a los derechos humanos. Esto coadyuva en la construcción de un Poder Judicial cercano a la gente, en que se observen, entre otros, los principios de independencia e imparcialidad.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha insistido en que es imprescindible la vigencia de la independencia, para que jueces y juezas contribuyan de una manera efectiva al acceso a la justicia. Por ello, no podemos soslayar el papel que desempeñan en un país democrático como el nuestro. La independencia se materializa al evitar que los intereses que no son compatibles con la actividad jurisdiccional, influyan en sus decisiones; se les respeta su margen de apreciación a la luz de las disposiciones que les rigen, sin que ello implique eximir del cumplimiento de la Constitución, la Ley y los tratados internacionales.

Esto es así, porque como lo refiere el Estatuto del Juez Iberoamericano, la independencia no debe ser visibilizada como un privilegio para quienes ejercen la función jurisdiccional, sino que se estatuye “como derecho de los ciudadanos y garantía del correcto funcionamiento del Estado constitucional y democrático de Derecho que asegure una justicia accesible, eficiente y previsible”. Por otra parte, la imparcialidad es una condición indispensable en el ejercicio de la función jurisdiccional y evidente para la ciudadanía, pues implica resolver con base en los hechos y el derecho, sin considerar estereotipos o prejuicios, y con una visión transformadora de la sociedad en la que vivimos. Por lo anterior, es fundamental no obviar los efectos de las sentencias; pues por un lado, el efecto directo repercute en las partes involucradas en el proceso, así como, en su círculo más cercano; y un efecto indirecto, redunda en los referentes sociales, adelantándose el Derecho a la moral social de la época. Esto es así, porque el Derecho es una herramienta transformadora, y a través de la actividad jurisdiccional se coadyuva al mejoramiento de la sociedad.

Anhelamos, pues, que el Derecho utilice su potencial transformador en garantizar los derechos humanos de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, o en términos de lo que Alda Facio señala, repensar el derecho y su función social, desplazando los modelos económicos, sociales y políticos hacia una convivencia humana basada en la aceptación de la otra persona como una legítima otra y en la colaboración, como resultante de dicho respeto a la diversidad.

Dejo a la reflexión el ideal de Don José María Morelos y Pavón, “Que todo el que se queje con justicia, tenga un tribunal que lo escuche, ampare y lo defienda contra el arbitrario”.

inscribe en esa tradición y por ello su trabajo será analizado y revisado desde una perspectiva histórica.

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