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CIRCULAR STJ/OM/03/2020

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Poder Judicial realiza capacitación de Protocolo para tramites y aplicación de ordenes de protección

+ Es importante que la atención sea sensible, con perspectiva de género y enfoque en derechos humanos

A través de la Unidad de Género y Derechos Humanos, el Poder Judicial llevó a cabo a cabo una capacitación vía electrónica, dirigida a las abogadas y abogados del Centro de Justicia para las Mujeres, Instituto Colimense de las Mujeres y Defensoría Pública sobre el “Protocolo para la Tramitación y Aplicación de las Órdenes de Protección para Mujeres en situación de Violencia en el Estado de Colima”, publicado en el periódico Oficial del Estado de Colima el 16 de mayo del presente año, por parte de Cindy Lizeth Mendoza Torres, Jueza del Juzgado Auxiliar Familiar, del Primer Partido Judicial con sede en el Centro de Justicia para las Mujeres. Quien precisó que, el “acceso a la justicia” es esencial para erradicar la violencia contra las mujeres, garantizando que sea en condiciones de igualdad y no discriminación por razones de género. Y que, las órdenes de protección han sido catalogadas por las Naciones Unidas, como uno de los recursos jurídicos más efectivos puesto a disposición de las mujeres víctimas de violencia.Agregó que, las órdenes de protección son acciones afirmativas personalísimas e intransferibles, de carácter autónomo y de urgente aplicación para proteger a las mujeres víctimas de violencia. Se deberán solicitarse “bajo protesta de decir la verdad”, y no dictan ni causan estado sobre los bienes o derechos de los generadores de violencia.Además, señaló que los particulares u organizaciones de la sociedad civil que asesoren jurídicamente a una víctima que solicite una orden de protección, tiene obligación de darle seguimiento, vigilar que las autoridades involucradas en su ejecución cumplan con sus obligaciones y deberán estar pendientes de su cumplimiento y de manera personal brindar el seguimiento correspondiente. “En caso de incumplimiento de la orden de protección, deberán informar de inmediato a la autoridad que la emitió. La falta de observancia tendrá como consecuencia la responsabilidad administrativa y penal que al efecto establecen las leyes aplicables, ya se trate de particulares o personas servidoras públicas en el ejercicio de su función”, precisó.Mendoza Torres explicó que dicho Protocolo surgió del compromiso del Estado Mexicano al suscribir La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará) en 1995, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en 1980, en relación con el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Por lo que, Gobierno del Estado de Colima consideró necesario contar con un documento integral, que contemplara los mecanismos de actuación que se derivan del marco jurídico internacional, Nacional y Estatal, para que, de forma ágil, sencilla, y coordinada se logre una plena y efectiva protección a las víctimas.Finalmente, se precisó que es importante que la atención a las receptoras de violencia sea sensible, con perspectiva de género y enfoque en derechos humanos, resaltando la importancia en que, las abogadas y abogados públicos o privados conozcan el protocolo y les sirva como un mecanismo de actuación para la tramitación de las órdenes de protección, desde la solicitud, el procedimiento, la ejecución y el seguimiento de las mismas.

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PODER JUDICIAL REALIZA CAPACITACIÓN DE PROTOCOLO PARA TRAMITES Y APLICACIÓN DE ORDENES DE PROTECCIÓN

A través de la Unidad de Género y Derechos Humanos, el Poder Judicial llevó a cabo a cabo una capacitación vía electrónica, dirigida a las abogadas y abogados del Centro de Justicia para las Mujeres, Instituto Colimense de las Mujeres y Defensoría Pública sobre el “Protocolo para la Tramitación y Aplicación de las Órdenes de Protección para Mujeres en situación de Violencia en el Estado de Colima”, publicado en el periódico Oficial del Estado de Colima el 16 de mayo del presente año, por parte de Cindy Lizeth Mendoza Torres, Jueza del Juzgado Auxiliar Familiar, del Primer Partido Judicial con sede en el Centro de Justicia para las Mujeres.
Quien precisó que, el “acceso a la justicia” es esencial para erradicar la violencia contra las mujeres, garantizando que sea en condiciones de igualdad y no discriminación por razones de género. Y que, las órdenes de protección han sido catalogadas por las Naciones Unidas, como uno de los recursos jurídicos más efectivos puesto a disposición de las mujeres víctimas de violencia.
Agregó que, las órdenes de protección son acciones afirmativas personalísimas e intransferibles, de carácter autónomo y de urgente aplicación para proteger a las mujeres víctimas de violencia. Se deberán solicitarse “bajo protesta de decir la verdad”, y no dictan ni causan estado sobre los bienes o derechos de los generadores de violencia.
Además, señaló que los particulares u organizaciones de la sociedad civil que asesoren jurídicamente a una víctima que solicite una orden de protección, tiene obligación de darle seguimiento, vigilar que las autoridades involucradas en su ejecución cumplan con sus obligaciones y deberán estar pendientes de su cumplimiento y de manera personal brindar el seguimiento correspondiente.
“En caso de incumplimiento de la orden de protección, deberán informar de inmediato a la autoridad que la emitió. La falta de observancia tendrá como consecuencia la responsabilidad administrativa y penal que al efecto establecen las leyes aplicables, ya se trate de particulares o personas servidoras públicas en el ejercicio de su función”, precisó.

Mendoza Torres explicó que dicho Protocolo surgió del compromiso del Estado Mexicano al suscribir La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará) en 1995, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en 1980, en relación con el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo que, Gobierno del Estado de Colima consideró necesario contar con un documento integral, que contemplara los mecanismos de actuación que se derivan del marco jurídico internacional, Nacional y Estatal, para que, de forma ágil, sencilla, y coordinada se logre una plena y efectiva protección a las víctimas.
Finalmente, se precisó que es importante que la atención a las receptoras de violencia sea sensible, con perspectiva de género y enfoque en derechos humanos, resaltando la importancia en que, las abogadas y abogados públicos o privados conozcan el protocolo y les sirva como un mecanismo de actuación para la tramitación de las órdenes de protección, desde la solicitud, el procedimiento, la ejecución y el seguimiento de las mismas.

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CIRCULAR NÚM. 21 AÑO JUDICIAL 2019-2020

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El Poder Judicial está en el proceso de adaptar salas para realizar audiencias

En Colima, Villa de Álvarez, Tecomán y Manzanillo, en las cuales se utilizarán todas las medidas de seguridad e higiene que se requieren para proteger tanto al personal como a la gente del COVID-19.

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CIRCULAR NÚM. 20 AÑO JUDICIAL 2019-2020

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Poder Judicial recibe constancia por cumplir al 100 por ciento en transparencia: INFOCOL

El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima (INFOCOL), entregó constancia al Poder Judicial del Estado de Colima por cumplir al 100 por ciento de carga de información en la Plataforma Nacional de Transparencia y en su portal de Web, durante el periodo del tercer y cuarto semestre del 2019.

En este contexto el Comisionado presidente del INFOCOL, Christian Velasco Milanés, resaltó que con estos resultados ponen el ejemplo a los demás entes obligados que no cumplen con esta obligación.

“Más que un cumplimiento de ley es un tema de convicciones de ser transparentes en el ejercicio de sus funciones y el Poder Judicial lo hace”, destacó el Comisionado presidente.

Christian Velasco reconoció el trabajo que ha realizado tanto el tanto del Magistrado Presidente como del personal que labora en las diferentes áreas operativas del Poder Judicial, que se encargan de alimentar y subir la información.

El Comisionado reconoció que la información que pública el Poder Judicial de manera constante para mantener informada a la sociedad, porque debe de estar enterada de cuántos partidos judiciales hay, cuántos jueces, quiénes son, las resoluciones se hacen al año, etc., a fin de dar a conocer el quehacer público. 

En este contexto, el Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Bernardo Alfredo Salazar Santana, agradeció la entrega de dicha constancia, la cual dijo, “nos alienta mucho pero también hay que reconocer que esto, se hace en cumplimiento de una obligación que tenemos, de una responsabilidad que asumimos para garantizar a la sociedad el derecho que tienen a la información pública y que conozcan qué es lo que hace el Poder Judicial, cómo lleva los servicios, cómo ejerce su presupuesto para cumplir con sus funciones”.

Agregó que la mejor forma de lograr que la gente confíe en la institución, es precisamente informando de manera transparente en las plataformas correspondientes, en la cuales la sociedad pueda consultar lo que necesite saber.

Finalmente, el Magistrado Presidente reiteró su compromiso con la transparencia, de continuar cumpliendo con el derecho que tiene la sociedad de conocer todo lo que se realiza en el Poder Judicial.

Cabe destacar en la reunión también estuvieron presentes la Comisionada Rocío Campos Anguiano y el Comisionado Francisco J. Yáñez Centeno y Arvizu de INFOCOL, así como Mary Carmen López Álvarez, Coordinadora de evaluación y estadística, Cinthya Georgina Hernández, directora de planeación y vinculación institucional y Carina Corona Bejarano, Oficial Mayor del STJE.

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En la apertura de la atención al público en el Poder Judicial en los juzgados de Tecomán, Manzanillo, Villa de Álvarez y Colima